El Gobierno formalizó la aplicación del impuesto PAIS a la compra de divisas para la importación de una serie de bienes y servicios, a través del decreto 377/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial.
El mismo precisó que no se grava la importación de los bienes y servicios, sino la compra de billetes para hacer esa operación, ya que quien tenga dólares podrá utilizarlos sin pagar este impuesto.
Así se generaliza el pago del impuesto PAIS del 25% para la compra de dólares destinados al pago de servicios en el exterior, excepto fletes, al que se aplicará una alícuota del 7,5%; salud y educación, que quedan exentos; y los recitales, que ya pagan el 30% y continuarán sin cambios.
Pueden leer la nota completa en el siguiente link:
https://lnkd.in/dGNpRStP